Finalmente, según explican fuentes conocedoras de las conversaciones, las empresas de los sectores especialmente protegidos (CNAEs) que tengan menos de 50 empleados podrán dejar de pagar el 95% de las cotizaciones de los trabajadores que salgan del erte (de junio a septiembre) y el 85% para los que permanezcan en suspensión hasta agosto y el 70% en septiembre. Por otro lado, si la empresa tiene más de 50 trabajadores dejará de pagar el 85% de las cotizaciones (de junio a septiembre) de aquellos trabajadores que salgan del erte. Y para los que se quedan, dejará de pagar el 75% entre junio y agosto y en septiembre el 60%.
En el caso de los ertes por limitación, es decir, aquellos a los que recurre una empresa por tener parte de su actividad limitada (ejemplo: un bar con limitación de aforo), las exoneraciones no establecen distinciones y quedan de la siguiente manera: las empresas de menos de 50 empleados podrán descontarse el 85% durante junio y julio y el 75% durante agosto y septiembre. Mientras que las compañías de mayor tamaño, podrán descontarse el 75% durante junio y julio y el 65% durante agosto y septiembre.