Cotización de los autónomos a la Seguridad Social

En cuanto a la cotización de los autónomos a la Seguridad Social, la nueva ley prevé importantes facilidades.

Esto va a suponer avances hacía la igualdad con los trabajadores por cuenta ajena.

Los trabajadores autónomos siempre han sufrido un trato desigual por la Seguridad Social, en relación con el resto de trabajadores.

El autónomo tiene un destacado protagonismo al servicio de la generación de riqueza y de la actividad productiva en España.

Además, posee un importante peso específico en el mercado de trabajo, y si bien durante los años de crisis experimentó un significativo descenso, ha demostrado una importante capacidad de recuperación y un enorme potencial en cuanto a generación de empleo.

La nueva ley prevé importantes cambios en la cotización de los autónomos a la Seguridad Social, los más importantes:

  1. Posibilidad de cambiar la base de cotización, hasta cuatro veces en el año.

    • Esto posibilitará adecuar en cada momento la base de cotización a sus ingresos reales.
    • Por otra parte, esta posibilidad es una adecuación a la realidad económica y social de cada momento.
    • Hay que tener en cuenta que el trabajo, dependiendo del sector o actividad, sufre variaciones, aumentos o disminución, en las distintas épocas del año.
  2. Posibilidad de darse de alta y de baja hasta tres veces al año.

    • De esta manera los autónomos podrán estar de baja en las temporadas del año que no tengan trabajo.
  3. Compatibilidad del trabajo por cuenta propia con la pensión de jubilación del autónomo, siempre y cuando el autónomo tenga trabajadores a su cargo.

    • Esta posibilidad es de suma importancia, puesto que muchos de los autónomos no pueden jubilarse llegada la edad por falta de medios para mantener la familia.
    • Tengamos en cuenta que la pensión de jubilación de un trabajador autónomo, por regla general, es muy baja.
    • Esta prolongación de la vida laboral con el cobro del 100% de la pensión posibilita una vejez más digna.
  4. Cotización de los autónomos a la Seguridad Social

  5. También, un importante cambio, es la reducción del recargo por retraso en el pago de la cuota.

    • En este caso, se reduce a la mitad, pasando la penalización del 20% al 10% durante el primer mes de desfase en el pago.
  6. En cuanto a los autónomos societarios,

    • Su cuota se determinará cada año en los Presupuestos Generales del Estado, con la intervención, en su determinación, de las organizaciones de autónomos.

Como resumen, y para ampliar más información os dejamos en pdf la Presentación de Medidas de la nueva Ley de Autónomos

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