El aplazamiento de pago a la Seguridad Social es un acto administrativo a través del cual un particular o una empresa pueden solicitar aplazar el pago de una deuda con la administración, que se irá costeando poco a poco con unos intereses y que sólo le será concedido si se cumplen una serie de condicionantes y requisitos.
Ventajas de aplazar un pago
Sabemos que tener nuestros pagos al día es una de las mejores sensaciones que uno puedo tener, pero es cierto que el aplazamiento de las deudas tributarias, que pueden hacer tanto particulares como empresas, pueden entenderse como una financiación del pago de impuestos que entre otras ventajas tiene que la exención de garantías es hasta 30.000 euros y que no existen comisiones de apertura ni formalización del préstamo.
Además de que el interés aplicado es del 3,75% (año 2016), sin necesidad de recurrir a aval, la solicitud de aplazamiento se puede realizar incluso cuando ha finalizado la fecha límite para el pago del impuesto.
Deudas que no pueden aplazarse
Hay deudas de la Seguridad Social que son inaplazables. En este capítulo entran las relacionadas con las cuotas para cubrir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y las aportaciones que realizan los trabajadores por cuenta ajena (la conocida como “cuota obrera”, que es la parte que el empresario detrae de la nómina del trabajador para hacer a contingencias comunes, formación y accidentes de trabajo).
Las deudas inaplazables deben pagarse antes de un mes desde que se recibe la fecha de notificación de la resolución por la que se ha concedido el aplazamiento. Tan solo si se garantiza la deuda íntegra con un aval, los recargos sobre prestaciones económicas debidas a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales sí podrán ser aplazados.
Si usted ha incumplido en algún momento el pago de otros aplazamientos, su solicitud será denegada o si en el momento de realizar la solicitud ya hubiera sido autorizada alguna enajenación de bienes embargados.
Plazos para solicitar un aplazamiento
Se dispone de 10 días para subsanar los errores que detecte la administración, que cuenta con 3 meses para tramitar la solicitud.
Solicitud y presentación
Para presentar la solicitud de aplazamiento deberá dirigirse a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de la provincia donde desee realizar el trámite. Listado en este enlace. También podrá realizar la gestión de manera telemática a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social enlace
¿De cuánto tiempo dispongo para pagar la deuda?
Dispone de un plazo máximo de cinco años para pagar la deuda, si bien los plazos y la frecuencia de los pagos son relativamente flexibles. En el momento en que le concedan el aplazamiento también le ofrecerán los cuadros de amortización donde le especificarán la cantidad que deberá abonar y en qué fechas.