Como afecta tener dos pagadores en la Renta 2020-2021

Esta año ha sido algo común acumular dos o más pagadores  debido a la gran cantidad de trabajadores en Erte por la pandemia (con el Estado como segundo pagador) y la llegada del Ingreso Mínimo Vital (que es compatible con otras rentas al margen de la obligatoriedad de presentar la declaración que conlleva) hacen de esta campaña una muy diferente y particular.

Para todos los que estáis en esta situación es muy importante tener bien claro cuándo se está obligado a presentar la declaración. La Agencia Tributaria  dice que aquellas personas con dos pagadores o más han de hacer la declaración obligatoriamente si sus rentas superan los 14.000 euros anuales y, a partir del segundo pagador reciben al menos 1.500 euros.

Cuando hay un solo pagador, el límite para estar exento de declarar es de 22.000 euros, mientras que con dos pagadores la cifra baja a 14.000 euros, siempre que se haya cobrado más de 1.500 euros por parte del segundo pagador. Por poner un ejemplo: si una persona cobró 13.000 euros de una empresa en 2020 y, a finales de año, se cambió a otra que le pagó 2.000 euros, tendrá que realizar la declaración de la renta. En resumen:

  • Menos de 14.000 euros al año: no es obligatorio hacer la declaración de la renta en ningún caso.
  • Entre 14.000 y 22.000 euros al año: es obligatorio hacerla si se tiene más de un pagador, siempre que el segundo y los posteriores paguen más de 1.500 euros.
  • Más de 22.000 euros al año: es obligatorio, se tengan los pagadores que se tengan.

La solución: ajustar las retenciones

En caso de que el desajuste se produzca por un cambio de empresa, se puede solicitar a la nueva compañía que suba la retención de la nómina teniendo en cuenta lo que hicieron los anteriores pagadores. Para calcular cuál debería ser el sueldo neto de cada trabajador, puede ser útil la calculadora que se muestra bajo estas líneas. Cabe advertir que no tiene en cuenta el incremento del IRPF para las rentas del trabajo mayores de 300.000 euros aprobado en los Presupuestos Generales de 2021, pero estos cambios no se aplican en la declaración de este año, que tiene como referencia el ejercicio de 2020.

 

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