Limite de subida del 2% en alquileres

Los contratos de alquiler suelen tener incluido una cláusula donde el mismo se ajusta, anualmente, de acuerdo a la subida del IPC. Hasta ahora y en términos generales el número solía ser bajo e incluso muchas veces los propietarios no notificaban el cambio a los inquilinos. Ante la subida generalizada en el último período el gobierno ha tomada cartas en el asunto para proteger a los inquilinos de fuertes subas.

Subida de alquileres limitadas al 2%

El último dato del IPC anualizado es de 7.2%, que les correspondería a quienes deben renovar su contrato de alquiler en mayo / junio. Es por eso que se publicó el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. Entre todas las novedades destaca una medida en materia de vivienda, siendo esta un límite de subida del 2% de los alquileres, con el objetivo de dar un respiro a los inquilinos frente al incesante avance de la inflación.

Entonces, la actualización de los precios del alquiler queda desvinculada del IPC, pasando a estar subordinada al Índice de Garantía de Competitividad (IGC), cuyo máximo se fija en un 2%. Por consiguiente, dicha actualización no podrá incrementar por encima de la variación anual del mencionado IGC.

Características de la limitación del alquiler

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite actualizar los alquileres anualmente y el IPC es el índice más utilizado para ello. Lo que ocurre es que desde febrero de 2022, cuando comenzó la guerra en Ucrania, los precios de todos los bienes y servicios se han disparado afectando también a los alquileres.

El gobierno decidió imponer el límite del 2%, de manera temporal, en base al “Índice de Garantía de Competitividad”, que calcula la media de la inflación de los países de la zona euro. Esta medida entró en vigor del 1 de abril hasta el 31 de diciembre de 2022 y se aplica sobre la renta mensual que el inquilino está pagando. Por ejemplo, si se está pagando un alquiler de 1000 €, en la revisión del contrato la subida máxima sería de 20 € y no de 80 € o más según marca el IPC vigente. Vamos a ver algunas preguntas frecuentes sobre esta nueva medida del gobierno.

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