Igualdad salarial

 

España cuenta con su propia regulación de igualdad salarial entre hombres y mujeres, como un derecho fundamental establecido en la Constitución Española. Específicamente, el artículo 14 dispone lo siguiente:

“Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Asimismo, dentro del artículo 35.1 se esclarece:

“Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo”.

Constitución Española

Igualdad salarial – Estatuto de los Trabajadores

Por su lado, el Estatuto de Trabajadores consagra el derecho de igualdad en cuanto a la remuneración por trabajo. La normativa señala:

“El empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, satisfecha directa o indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza de la misma, salarial o extrasalarial, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o condiciones de aquella”.

Finalmente, en el año 2007 fue promulgada la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, que concreta la igualdad de salarios entre géneros y promueve la adopción de medidas concretas en favor de la igualdad en las empresas.

Regulaciones internacionales

El Convenio 100 de la Organización Internacional del Trabajo publicado en el año 1950 establece el primer estatuto de igualdad a nivel salarial en Europa. Este convenio fue en definitiva un gran avance en una sociedad que apenas despertaba ante las necesidades y derechos defendidos por el naciente movimiento feminista. Más tarde, surgieron otros acuerdos en esta materia, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 recoge en su artículo 7 la igualdad salarial.

Algunos principios fundamentales de la Unión Europea también incluyen el derecho a la igualdad en salarios. Concretamente se establece: “A igual trabajo, igual salario”, en el Tratado de Roma en 1957. Este principio también queda incluido como como un derecho y un principio fundamental recogido en el artículo 157 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Factores de la desigualdad salarial entre hombres y mujeres

Con todo esto, seguramente te preguntas ¿por qué todavía existe la desigualdad salarial? Pues bien, existen varios factores que inciden, como por ejemplo:

  • Las mujeres ocupan trabajos en sectores poco valorados, como educación, limpieza, secretarias, tareas domésticas, etc.
  • Las mujeres siguen teniendo escasa presencia y acceso a puestos de dirección o gestión, incluso cuando alcanzan alguno de estos puestos, los varones siguen teniendo un mayor nivel de retribución salarial.
  • Hay desigualdad laboral latente, es decir, las mujeres llevan la carga del trabajo en oficinas y en el hogar de la mano, también son responsables principales de la crianza de los niños.

Los debates y disputas por solucionar la brecha salarial son una realidad presente en Europa. Pese a que contamos con una sociedad avanzada, todavía quedan muchos conflictos por resolver en este aspecto.

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