Medidas fiscales aprobadas para los afectados por la DANA 2024
El reciente temporal de lluvias intensas, conocido como DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos), dejó severas inundaciones en diversas zonas de España entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. En respuesta, el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 6/2024 que establece medidas fiscales para mitigar los efectos económicos de esta catástrofe en personas y empresas afectadas. Estas medidas, publicadas el 6 de noviembre en el BOE y con efecto inmediato, suponen un respiro financiero para quienes han visto mermados sus ingresos y bienes.
A continuación, detallamos las principales disposiciones fiscales aprobadas para las áreas más impactadas por la DANA en comunidades como la Valenciana, Castilla-La Mancha y Andalucía.
Suspensión y extensión de plazos tributarios
El Decreto ofrece extensiones y aplazamientos de plazos tributarios para los contribuyentes en los municipios afectados por la Dana. Esta medida evita que las personas y empresas damnificadas tengan que cumplir con sus obligaciones fiscales de inmediato, brindándoles un tiempo adicional para recuperar su actividad económica y reorganizar sus finanzas.
¿Qué implica esta extensión?
- Presentación de declaraciones e ingresos: Las personas y empresas con domicilio fiscal en zonas afectadas pueden aplazar sus declaraciones y autoliquidaciones hasta el 30 de enero de 2025. Esto aplica al IVA, Impuesto sobre Sociedades y otros tributos locales.
- Aplazamiento de deudas tributarias: Los contribuyentes podrán diferir el pago de sus deudas fiscales hasta 24 meses, sin intereses de demora durante los primeros seis meses. Esta medida busca aliviar el flujo de caja de los afectados.
- Suspensión en subastas: En caso de subastas en curso, los plazos quedan en suspenso, y los licitadores de las áreas afectadas podrán solicitar la anulación de sus ofertas y la devolución de depósitos.
- Prórrogas adicionales en procedimientos administrativos: La medida también extiende plazos para embargos, alegaciones y recursos hasta el 30 de enero de 2025. Así, los afectados tendrán más tiempo para cumplir con cualquier trámite administrativo relacionado con sus impuestos.
Inembargabilidad de las ayudas
El Decreto garantiza que todas las ayudas otorgadas a los damnificados sean inembargables, protegiendo estos recursos de cualquier intento de embargo por deudas previas. Esta medida es crucial para asegurar que los fondos lleguen íntegramente a las personas y empresas afectadas por la Dana y puedan utilizarse en la recuperación de daños materiales.
Medidas catastrales y prórrogas en trámites
La gestión catastral es otra área con medidas específicas para las propiedades ubicadas en las zonas afectadas, tanto rústicas como urbanas. Para quienes han visto dañados sus inmuebles, se ofrecen extensiones de plazos para las declaraciones y los trámites catastrales.
¿Cómo afectan estas prórrogas a propietarios y empresas?
- Presentación de declaraciones catastrales: Todos los trámites relacionados con la presentación de declaraciones y recursos administrativos, cuyo vencimiento estaba previsto entre el 28 de octubre y el 31 de diciembre de 2024, podrán completarse hasta el 30 de enero de 2025.
- Suspensión de trámites y requerimientos: Los afectados tendrán más tiempo para responder a requerimientos o formular alegaciones relacionadas con sus propiedades dañadas.
Ayudas directas a empresas y autónomos
El Real Decreto-ley también introduce un sistema de ayudas económicas directas para autónomos y empresas con domicilio fiscal en las áreas afectadas, permitiéndoles retomar sus operaciones y paliar los daños sufridos.
Características de las ayudas
- Importes según volumen de operaciones: Los autónomos recibirán una ayuda fija de 5.000 euros, mientras que las empresas podrán recibir entre 10.000 y 150.000 euros en función de su tamaño y volumen de negocio.
- Solicitud y pago: Las solicitudes se deben presentar ante la Agencia Tributaria entre el 19 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024, y el desembolso comenzará el 1 de diciembre de 2024.
Además, la Agencia Tributaria puede solicitar información adicional para verificar el cumplimiento de requisitos, asegurando la transparencia y correcta asignación de los fondos.
Beneficios fiscales para afectados por la DANA
Para aliviar aún más la carga fiscal de los damnificados, el Decreto contempla exenciones y reducciones en varios impuestos locales.
Exención de impuestos y tasas
- Exención del IBI: Los propietarios de bienes inmuebles dañados quedan exentos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para 2024. Esta exención es total para aquellos inmuebles que hayan quedado inhabitables.
- Reducción del IAE: Las empresas que hayan cesado su actividad debido a los daños podrán beneficiarse de reducciones proporcionales en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
- Exenciones en tasas de tráfico y documentos oficiales: Los propietarios de vehículos dañados podrán beneficiarse de la exención en las tasas de tráfico, como la baja de vehículos o la expedición de duplicados de permisos de circulación o de DNI.
- Devoluciones fiscales: Si los contribuyentes han pagado alguno de estos impuestos para 2024, podrán solicitar la devolución si cumplen con los requisitos establecidos.
Reducciones fiscales para actividades agrarias
Para los agricultores afectados por el temporal, el Decreto incluye una reducción en los índices de rendimiento neto en el IRPF. Esta medida busca aliviar la carga fiscal de aquellos que han sufrido pérdidas de producción y otros daños materiales en sus explotaciones agrícolas.
¿Cómo afecta esta reducción en el IRPF?
La reducción será autorizada en base a informes del Ministerio de Agricultura, que determinarán los daños y pérdidas sufridos por cada región y explotación. Este alivio fiscal pretende reducir la carga tributaria, adaptándola a las circunstancias extraordinarias de los agricultores.
Inversiones sostenibles y financiación a entidades locales
El Decreto también establece medidas de financiación para entidades locales que deben afrontar gastos de reparación de infraestructuras y servicios urgentes.
- Inversiones financieramente sostenibles: Los fondos destinados a reparaciones de infraestructuras locales serán considerados “financieramente sostenibles” para asegurar que se prioricen y no se vean limitados por otras restricciones presupuestarias.
- Fondo de Financiación a Entidades Locales: Se prevé un financiamiento específico para los años 2024 y 2025 que cubra los gastos derivados de reparaciones y servicios en las áreas afectadas.
Suspensión en el ingreso del segundo plazo del IRPF 2023
Para los contribuyentes de las zonas afectadas, el segundo plazo del IRPF de 2023 queda prorrogado hasta el 5 de febrero de 2025. Esta extensión evita que los afectados enfrenten penalizaciones por impago.
¿Qué ocurre si el pago ya ha sido domiciliado?
La Agencia Tributaria coordinará con las entidades financieras para retroceder el pago en caso de que ya haya sido cobrado, permitiendo que el cargo se efectúe en la nueva fecha.
Excepciones a la extensión de plazos para ciertos tributos
No todas las autoliquidaciones se benefician de las prórrogas. Por ejemplo, declaraciones especiales para ventas a distancia y transacciones intracomunitarias (Intrastat) no estarán sujetas a extensión. Estas excepciones buscan evitar desfases en los registros de transacciones comerciales internacionales.
Exención del impuesto de actos jurídicos documentados
Una disposición final del Decreto-ley exime a los afectados de pagar el impuesto de actos jurídicos documentados en las escrituras relacionadas con la formalización de moratorias de préstamos hipotecarios o personales. Esta medida facilita la renegociación de deudas para las personas damnificadas.