Medidas laborales para afectados por la DANA 2024

Medidas laborales aprobadas para los afectados por la DANA 2024

El Real Decreto-ley 6/2024 trae consigo una serie de medidas laborales para apoyar a los afectados por la DANA de 2024. Esta normativa, publicada en el BOE el 6 de noviembre de 2024, cubre medidas enfocadas a mitigar el impacto socioeconómico en municipios afectados por las fuertes precipitaciones e inundaciones del 29 de octubre de 2024. A continuación, analizamos las medidas clave en materia laboral y de Seguridad Social.


Exenciones en la cotización a la seguridad social para empresas en erte

Las empresas ubicadas en zonas afectadas y que se han acogido a un ERTE debido a la DANA podrán beneficiarse de una exención del 100% en la cuota empresarial de la Seguridad Social. Esta exoneración cubre tanto las cotizaciones por contingencias comunes como las profesionales y otros conceptos de recaudación.

Condiciones para acceder a esta exención

Para que una empresa acceda a esta medida, debe cumplir con ciertos requisitos:

  1. Estar ubicada en una localidad afectada mencionada en el anexo del decreto.
  2. Haber solicitado un ERTE conforme a lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores.

Esta exoneración será efectiva entre noviembre de 2024 y febrero de 2025.


Aplazamiento y moratoria en el pago de cuotas

Los empresarios y autónomos afectados podrán solicitar un aplazamiento en el pago de las cuotas de la Seguridad Social. Además, existe la opción de acceder a una moratoria de hasta un año sin intereses adicionales, si el aplazamiento no resulta suficiente.

¿En qué consiste el aplazamiento?

El aplazamiento en las cuotas permite:

  • Para empresas: aplazar las cuotas devengadas entre octubre de 2024 y enero de 2025.
  • Para autónomos: cubrir las cuotas desde noviembre de 2024 hasta febrero de 2025.

Esta ayuda implica un interés del 0,5% (notablemente más bajo que el habitual) y permite distribuir los pagos en mensualidades hasta un máximo de 16 meses.

Importante: Los empresarios deben elegir entre aplazamiento o moratoria, ya que no son acumulables.


Ampliación del plazo reglamentario para ingresar cuotas

La normativa también establece una extensión del plazo de ingreso de cuotas para aquellos afectados por la DANA. Esto implica que las empresas y autónomos podrán ingresar las cuotas correspondientes a sus trabajadores con un mes adicional de margen.

  • Empresas: podrán ampliar el pago de las cuotas desde octubre de 2024 hasta enero de 2025.
  • Autónomos: se les aplica la extensión de noviembre de 2024 a febrero de 2025.

Esta medida incluye a los autónomos del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, quienes también podrán beneficiarse de este ajuste.


Suspensión temporal de los procedimientos de recaudación

El Real Decreto-ley establece una suspensión temporal en los procedimientos de recaudación de cuotas de la Seguridad Social hasta el 28 de febrero de 2025, proporcionando un respiro financiero importante a las empresas y trabajadores afectados.

Desde el 7 de noviembre de 2024 hasta el 28 de febrero de 2025, las empresas y autónomos en zonas afectadas podrán aprovechar esta suspensión, evitando posibles embargos u otras medidas de recaudación.


Presentación extendida de liquidaciones previas a la catástrofe

Para las empresas que no pudieron realizar sus pagos antes de la catástrofe, las cuotas de septiembre y octubre de 2024 podrán abonarse en noviembre sin incurrir en recargos ni intereses. Esta extensión busca ofrecer mayor flexibilidad y evitar sanciones adicionales a las empresas que sufrieron las consecuencias de la DANA.


Prestación por cese de actividad para autónomos

Los trabajadores autónomos afectados pueden solicitar la prestación por cese de actividad sin necesidad de demostrar una causa de fuerza mayor. Además, el tiempo durante el que reciban esta prestación no contará para los periodos máximos de percepción.

Esto implica que un autónomo que necesite cesar temporalmente su actividad no tendrá problemas futuros para solicitar esta ayuda, y mantendrá sus derechos de acceso intactos.


Consideración especial de la incapacidad temporal

Otra medida importante es la consideración de los procesos de incapacidad temporal derivados de la DANA como accidente de trabajo, lo cual implica beneficios adicionales en la cobertura de la Seguridad Social. Esto es aplicable tanto para trabajadores por cuenta ajena como autónomos que estuvieran en alta en el momento de la catástrofe.

Esta medida permite que los trabajadores afectados puedan recibir un subsidio mayor en caso de incapacidad temporal, considerando la situación de accidente laboral y, por tanto, con un porcentaje de cobertura más elevado.


Flexibilización de los trámites y requisitos de la seguridad social

Para facilitar el acceso a las ayudas, el Real Decreto-ley flexibiliza algunos requisitos y procedimientos en la Seguridad Social. Las personas afectadas podrán usar declaraciones responsables en caso de no poder presentar documentos específicos, y se simplifican los trámites para evitar mayores dificultades administrativas.

Además, se flexibilizan los requisitos de verificación de identidad y otros datos necesarios para asegurar que los trabajadores puedan acceder a estas medidas sin obstáculos administrativos.


Incremento en el ingreso mínimo vital y en pensiones no contributivas

La normativa también incluye un incremento del 15% en el Ingreso Mínimo Vital y en las pensiones no contributivas. Esta ayuda adicional se aplicará a los beneficiarios en áreas afectadas por la DANA desde noviembre de 2024 hasta enero de 2025.

Estas medidas están diseñadas para proporcionar una mayor estabilidad económica a las familias afectadas, ayudándolas a hacer frente a los gastos adicionales que surgen tras una catástrofe natural.


Suspensión de plazos procesales en el orden social

Durante los días 30 de octubre al 10 de noviembre de 2024, los plazos procesales en todos los órdenes jurisdiccionales de la provincia de Valencia quedan suspendidos e interrumpidos. No obstante, para evitar perjuicios irreparables, los jueces pueden autorizar actuaciones urgentes en casos necesarios.

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